El problema/queja del estudiante debe discutirse con el instructor o el miembro del personal implicado (en un plazo de cinco días laborables).
Si el instructor o miembro del personal es incapaz de resolver la situación a su nivel, el estudiante y el instructor deberán reunirse con el Coordinador/Director de Educación para intentar resolver el problema (en un plazo de cinco días laborables).
Si el Coordinador/Director de Educación no es capaz de resolver la situación, se debe indicar al estudiante que prepare una queja por escrito (en un plazo de cinco días laborables) para remitirla al Director de Educación. El Director de Educación deberá remitir un resumen del problema al Director del Campus (en un plazo de tres días a partir de la recepción de la queja por escrito).
El Director del Campus revisará la queja escrita y el memorando del personal, examinará los archivos y registros pertinentes, fijará una fecha para una reunión con el estudiante (en un plazo de cinco días laborables) y notificará la reunión al personal apropiado, si lo hubiera. El Director del Campus consultará con el Presidente, si es necesario, para resolver la queja.
El Director del Campus, tras considerar todos los hechos pertinentes presentados en la reunión, llegará a una decisión que se comunicará al estudiante en el plazo de un día laborable.
Si se impugna la decisión, se remitirá toda la información pertinente al Presidente en el plazo de un día laborable. El Presidente revisará la queja y el resto de la información y tomará una decisión vinculante en un plazo de diez días laborables. La decisión del Presidente se incluirá en el expediente del estudiante y éste recibirá una respuesta por escrito.